Nuestros Servicios
Consultoría
Tributaria
Los impuestos ya no serán un problema que no lo deje dormir, nos encargaremos de entregarle la tranquilidad que necesita.
Consultoría
Laboral
Las obligaciones laborales cada día agobian más a las empresas chilenas, nuestra labor es aliviar esa carga con un servicio de excelencia.
Consultoría
Legal
La evolución de los negocios exige contar con un buen aliado que proporcione tranquilidad en los aspectos legales.
Contabilidad y
Auditoría
Externalizar sus obligaciones contables es partir un emprendimiento ahorrando costos. Somos la mejor opción costo beneficio, hablemos…
Marcas que han confiado en nosotros
Trabajamos con pequeñas, medianas y grandes empresas
Nuestro sello de confianza
Carlos Morgado,
Gerente General de MG Consultores
Hemos logrado mejorar nuestros procesos administrativos
Matias Strobel,
Gerente Strobel SpA.
La consultoría de Gescon mejoró sustancialmente el área de administración y finanzas de Strobel
Contribuimos al desarrollo de nuestros clientes desde la base de su negocio
Nuestro enfoque profesional es que nuestros servicios tienen que ser un aporte al crecimiento de los negocios de nuestro cliente.
Preguntas Frecuentes
Área Tributaria
La “Empresa en un Día” es la opción más fácil, sencilla y sin para crear una empresa o persona jurídica en el Registro de Comercio, esto conforme a lo comprendido en la Ley N° 20.659.
El proceso de “Empresa en un día” se realiza a través del sitio web www.registrodeempresasysociedades.cl, el que muestra las distintas opciones dependiendo de lo que quiera realizar el contribuyente.
Deben dar aviso de Término de Giro, de acuerdo con la normativa general, todas las personas naturales o jurídicas que pongan fin a su giro comercial o industrial o que cesen en sus actividades, y que por esta razón dejen de estar afectas a impuestos, sin dejar de considerar las excepciones contempladas también en el Artículo 69° del Decreto Ley sobre Código Tributario N° 830, de 1980.
Los Libros Contables Electrónicos son un modelo de operación en el cual libros o informes contables, con fines tributarios, son generados y almacenados en un formato digital, establecido previamente por el SII.
Deben obtener Rol Único Tributario (Rut) toda Persona Jurídica o ente sin personalidad jurídica que, en razón de su actividad o condición, cause o puedan causar impuestos, o ser retenedor de impuestos.
Sí, debe inscribirse en el Rol Único Tributario con la modalidad por internet.
Para ello, debe actuar por medio de un representante domiciliado en Chile, quien deberá acreditar tener el poder suficiente para actuar en el país en nombre de la sociedad extranjera.
En el contexto de la Ley 21.220 sobre Trabajo a Distancia y Teletrabajo, la Dirección del Trabajo le informa lo siguiente:
Dicha ley, en su artículo 152 quáter O, dispone que, dentro de los quince días siguientes a que las partes acuerden la modalidad de trabajo a distancia o teletrabajo, el empleador deberá registrar dicho pacto de manera electrónica en la Dirección del Trabajo.
Área Laboral
En el contexto de la Ley 21.220 sobre Trabajo a Distancia y Teletrabajo, la Dirección del Trabajo le informa lo siguiente:
Dicha ley, en su artículo 152 quáter O, dispone que, dentro de los quince días siguientes a que las partes acuerden la modalidad de trabajo a distancia o teletrabajo, el empleador deberá registrar dicho pacto de manera electrónica en la Dirección del Trabajo.
El finiquito debe ser otorgado y poner su pago a disposición del trabajador dentro de los 10 días hábiles siguientes desde la separación del trabajador. Solo si las partes lo acordaren, sería posible pactar su pago en cuotas.
La norma establece que no se requiere suscribir o firmar el finiquito por las partes en el caso de los contratos de duración no superior a 30 días, salvo que se prorroguen por más de 30 días o que, vencido este plazo máximo, el trabajador continuare prestando servicios al empleador con conocimiento de éste.
El plazo de prescripción de los derechos laborales, esto es, la pérdida de un derecho por no ejercerlo en forma oportuna, dependerá de si el contrato de trabajo está o no vigente: – Estando vigente el contrato, los derechos laborales prescriben en el plazo de dos años contados desde que se hicieron exigibles. Sin embargo, las horas extras prescriben en el plazo de seis meses contado desde que debieron ser pagadas. – En el evento de que el contrato haya terminado, la acción del trabajador debe ejercerla dentro del plazo de seis meses contados desde la terminación de los servicios.
Área Legal
Este es un procedimiento al que puede acceder cualquier empresa que se encuentre en una situación de insolvencia económica que no puede responder o enfrentar sus obligaciones. Esta acción le permitirá eliminar el total de sus deudas.
Si los bienes de la empresa están en un proceso de embargo es posible protegerlos mediante un procedimiento que se denomina Tercería de Posesión de Bienes.